viernes, 23 de agosto de 2013

Normas APA y derechos de autor

 Normas APA
http://www.cibem.org/paginas/img/apa6.pdf 


1.    ¿Qué son los derechos de autor?
DERECHO DE AUTOR
Es el derecho que posee el autor sobre sus creaciones sean estas obras literarias, musicales, teatrales, artísticas, científicas o audiovisuales. Este derecho nace con el acto de creación y no por el registro de la obra, sin embargo es importante registrarlas para reforzar los derechos morales y patrimoniales del creador frente a la voracidad capitalista y el plagio.
Sujetos del Derecho de Autor: Se considera Autor a la persona natural (persona física) que crea alguna obra literaria, artística o científica, pues es quien tiene la facultad de crear, sin embargo, puede ocurrir en determinados casos que esos derechos correspondan a una persona jurídica, y serán considerados como los titulares de los mismos pero sólo en el aspecto patrimonial.
Objeto del Derecho de Autor: Es importante señalar, que el derecho de autor protege exclusivamente la forma mediante la cual las ideas del autor son descritas, explicadas, ilustradas o incorporadas a las obras. No son objeto de protección las ideas por sí mismas o el contenido ideológico o técnico.
Duración del Derecho de Autor: De acuerdo a lo establecido en el artículo 25 de la Ley sobre Derecho de Autor, dura toda la vida de éste y se extingue a los sesenta (60) años contados a partir del primero de enero del año siguiente a su muerte, incluso respecto a las obras no divulgadas durante su vida. 
La extinción de los derechos de explotación de las obras determina su paso al dominio público, es decir que las obras podrán ser utilizadas por cualquier persona, siempre que se respete los derechos morales del autor.

Contenido del Derecho de Autor:
Derechos Morales: Son los derechos inherentes al ser humano del autor de naturaleza inalienable, inembargable, imprescriptible e irrenunciable. Dichos derechos se encuentran enmarcados de la siguiente forma:
Derecho de Divulgación: Facultad del autor de decidir si publica su obra o no, y en qué forma lo hará.
Derecho de Paternidad: Derecho de exigir el reconocimiento como autor de la obra.
Derecho de Revelación o intimidad: El autor puede decidir divulgar una obra con su nombre, bajo un seudónimo, o de forma anónima. Esto no quiere decir que renuncie a la autoría de la obra.
Derecho de Integridad: Facultad de impedir cualquier deformación de la obra que pueda perjudicar el honor y reputación del autor.
Derecho de Arrepentimiento y Modificación: Derecho del autor de retirar la obra del medio, o modificarla.
Derechos Patrimoniales: Son los derechos que posee el autor o el titular del derecho el cual se caracteriza por ser transferible, temporal y renunciable.
Derecho de Reproducción: El autor puede obtener beneficio económico de las reproducciones o copias que se realicen de su obra.
Derecho de Distribución: Puesta a disposición del público del original o copias de la obra mediante su venta, alquiler, préstamo, o de cualquier otra forma.
Derecho de Comunicación Pública: La comunicación pública es todo un acto por el que una pluralidad de personas puede tener acceso a la obra sin previa distribución de ejemplares a cada una de ellas.
Derecho de Transformación: Derecho del autor para autorizar y obtener una remuneración por las transformaciones que se hagan sobre la obra, como por ejemplo las traducciones.


2.¿Cómo citar un autor?

Formas básicas para libros completos
Apellidos, A. A. (Año). Título. Ciudad: Editorial.
Apellidos, A. A. (Año). Título. Recuperado de http://www.xxxxxx.xxx
Apellidos, A. A. (Año). Título. doi: xx.xxxxxxxx
Apellidos, A. A. (Ed.). (Año). Título. Ciudad: Editorial.

Libro con autor
Goleman, D. (2000). La inteligencia emocional: Por qué es más importante que el
cociente intelectual. México: Ediciones B.

Libro con editor
Castillo Ortiz, A. M. (Ed.). (2000). Administración educativa: Técnicas, estrategias
y prácticas gerenciales. San Juan: Publicaciones Puertorriqueñas.

Libro en versión electrónica
Montero, M. & Sonn, C. C. (Eds.). (2009). Psychology of Liberation: Theory and
applications. [Versión de Springer]. doi: 10.1007/ 978-0-387-85784-8
De Jesús Domínguez, J. (1887). La autonomía administrativa en Puerto Rico.
[Versión de Library of Congress]. Recuperado de http://memory.loc.gov/cgibin/
query/r?ammem/lhbpr:@field%28DOCID+@lit%28lhbpr33517%
29%29

Formas básicas para un capítulo de un libro o entrada en una obra de
referencia
Apellidos, A. A. & Apellidos, B. B. (Año). Título del capítulo o la entrada. En
Apellidos, A. A. (Ed.), Título del libro (pp. xx-xx). Ciudad: Editorial.
Apellidos, A. A. & Apellidos, B. B. (Año). Título del capítulo o entrada. En
Apellidos, A. A. (Ed.), Título del libro (pp. xx-xx). Ciudad: Editorial. Recuperado de
http://www.xxxxxx
Apellidos, A. A. & Apellidos, B. B. (Año). Título del capítulo o entrada. En
Apellidos, A. A. (Ed.), Título del libro (pp. xx-xx). Ciudad: Editorial. doi:
xxxxxxxx.


 3.    ¿Cómo citar en el texto?
·         El apellido del autor y la fecha de la obra se incluyen en paréntesis dentro de la oración.
·          La Biblia y el Corán, y las referencias a comunicaciones personales se     citan en el texto, pero no se incluyen en la lista de referencias.

Ejemplo:

Si la oración incluye el apellido del autor, sólo se escribe la fecha entre paréntesis.

Viadero (2007) informa que un análisis de más de doscientos estudios evidencia la
Correlación entre la enseñanza de destrezas sociales y el mejoramiento del desempeño escolar.

4. ¿Qué es la cibergrafía?

Es un término no oficial pero muy común para escribir los documentos alojados en internet. Por lo general este tipo de referencias se coloca con la dirección web después del artículo y del autor

Ejemplo:
Cintrón, G., Lugo, A. E., Pool, D. J. & Morris, G. (1978). Mangroves of arid
environments in Puerto Rico and adjacent islands. Biotropica, 10(2),110-121.
Articulo consultado el 23 de agosto del 2013 de la página web http://www.jstor.org/pss/2388013


 

No hay comentarios:

Publicar un comentario